Celebramos el Día de la Mujer y la Niña en la Ciencia inpirándonos en el caso de María de la Fuente Freire

11/02/2021 8 min 1 Comentario mujerespublico
Asociación de Mujeres en el Sector Público - Celebramos el Día de la Mujer y la Niña en la Ciencia inpirándonos en el caso de María de la Fuente Freire

Quiero decirle a mi  hija todos los días, no sólo el 11 de febrero, que si ella quiere puede volar tan alto que puede llegar a la luna en una nave espacial diseñada por ella.

El juzgado Central de lo contencioso Administrativo nº2  dictó sentencia el 21 de enero de 2021  estimando que la científica María de La Fuente Freire sufrió discriminación Indirecta por razón de género en la evaluación de su  trayectoria científica.

Patricia Iglesias Rey

Letrada Mayor en el Consello  de Contas  de Galicia

Coordinadora Gallega de Mujeres en el Sector publico

 

Esta entrada en el blog de la Asociación de Mujeres en el Sector Público (AMSP), de la que soy  socia y coordinadora gallega, es continuación del artículo escrito en el blog el 24 de febrero de 2020 en el que os contaba la lucha de mi gran amiga María de la Fuente Freire, mujer, científica y madre. https://mujeresenelsectorpublico.com/maria-de-la-fuente-freire-y-su-lucha-a-favor-de-la-igualdad-de-las-mujeres-cientificas/

Me gustaría poner negro sobre blanco, su gran lucha a favor de la igualdad de las mujeres científicas. María, ha promovido la campaña #ocientificaomadre, un movimiento colectivo que ha dado lugar a cambios significativos en convocatorias nacionales y a la inclusión de medidas en el nuevo Real Decreto-ley de medidas urgentes en el ámbito de la ciencia, la tecnología, la innovación y la universidad, aprobado por el Consejo de Ministros. María ha padecido discriminación, y se vio obligada a judicializar su caso y, como si los astros se pusiesen de acuerdo para conmemora el día Internacional de la mujer y la ciencia el 11 de febrero, hace poco más de dos semanas el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número dos dictó sentencia de 21 de enero de 2021 por la que se  declara de forma categórica que: La Dra María De La Fuente Freire sufrió discriminación Indirecta por razón de género en la evaluación de su  trayectoria científica.

Las desigualdades existentes entre hombres y mujeres son particularmente acusadas en el sector de la investigación. Las mujeres van abandonando paulatinamente la carrera profesional, lo que se conoce como la tubería que gotea, y además, el acceso a los niveles más altos de la carrera está limitado en base al bien conocido “techo de cristal”, definido por la escasa presencia de mujeres que accede a puestos de responsabilidad y que tiene, como efecto espejo, sus bases en los llamados “cimientos pegajosos” de las instituciones. La falta de mujeres en comités de evaluación, órganos de decisión, foros de personas expertas, etc. hace que esta situación de desigualdad, lejos de corregirse, se perpetúe. La carrera investigadora es una carrera de fondo que presenta muchos obstáculos, principalmente en España y Galicia, debido a la precarización del sector, no so en cuanto a salarios, sino también respecto a una alta temporalidad, de manera que el personal investigador encadena contratos temporales, lo que lleva consigo altas dosis de incertidumbre e inestabilidad. El personal investigador está sujeto a numerosas evaluaciones, para poder continuar desarrollando su actividad. Esta temporalidad impacta principalmente en las mujeres ya que, cualquier pausa en la actividad científica, y por tanto merma en la productividad, tienen un impacto directo en su competitividad y en el resultado de las evaluaciones. La maternidad, gestación, parto y lactancia, son la principal causa por la que las mujeres interrumpen su actividad profesional, y por tanto hace falta incorporar medidas, por parte de los organismos que convocan y evalúan, para evitar una penalización, y que tenga lugar una discriminación por género. En las convocatorias en régimen de concurrencia competitiva para la incorporación de personal investigador la universidades, centros de investigación e institutos de investigación sanitaria, generalmente se incorporan supuestos de interrupción, que permiten ampliar el período de tiempo para la evaluación de méritos, típicamente durante un año por cada hijo. El problema, se encuentra cuándo lo que se evalúa es la productividad, en convocatorias de continuidad y promoción, o para optar la financiación (por ejemplo para proyectos de investigación o captación de recursos humanos para reforzar los grupos de investigación). Entre estas convocatorias, se encuentran por ejemplo la convocatoria Miguel Servet Tipo II del ISCIII y la convocatoria para investigadores posdpoutorais modalidad B de la Xunta de Galicia. Se evalúa la producción científica y el rendimiento profesional durante una primera etapa. El que no contemplan estas convocatorias, son medidas correctoras para las investigadoras que tienen sido madres e incurrido en interrupciones, acorde con los derechitos laboráis vigentes. Por lo tanto, hasta ahora se valora ese tiempo como tiempo trabajado, lo que se traduce en una pérdida de competitividad.

La sentencia de 21 de enero de 2021 del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número no ofrece lugar a interpretaciones jurídicas: se ha producido una diferencia entre aquellas personas investigadoras que pudieron dedicar los cinco años de su primer contrato a completar los méritos de su currículo, de aquellos otros, como la María de la Fuente, que en el mismo periodo estuvo de baja por razón de su doble maternidad.

La sentencia  condena al Instituto de Salud Carlos III a dictar una nueva resolución en que se valoren sus méritos en la citada convocatoria teniendo en cuenta todo el periodo en que se desarrolló su contrato Miguel Servet tipo I, incluidos los periodos de prórroga, aplicando además las medidas correctoras objetivas, atendido que renunció a la   prórroga para incorporarse a su nuevo contrato, con efectos económicos desde la resolución inicial de adjudicación de 5 de diciembre de 2017.

Resulta evidente que a partir de la Sentencia del Juzgado Central Contencioso administrativo nº 2 de Madrid de 21 de enero de 2021, todos los Organismo de Investigación de nuestro país, estatales o autonómicos, que realicen evaluaciones  de  trayectorias científicas en régimen de concurrencia competitiva, estarán obligados  por la sentencia, y también por decencia  pública y reputacional de  las Instituciones públicas, a establecer medidas correctoras en las convocatorias de contratos  de investigadoras.

Interpretar la ley

De forma categórica la Sentencia establece: No se trataba de alterar las bases de esta convocatoria,  ni  alterar el principio de igualdad de trato del resto de los candidatos, como argumenta la defensa del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), sino de interpretarlas de conformidad con los dispuesto en el artículo 8 a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a fin de respetar el principio de igualdad y no discriminación. El no haberlo hecho así, en el caso de  la Dra de la Fuente, que estuvo de baja por circunstancias ligadas a su condición de mujer, ha dado da lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo que contempla el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que dispone que se considera como tal la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.

Sin embargo, como dije al principio, aún queda mucho por hacer. La primera batalla ganada por María ha sido la de visibilizar la discriminación de género en la ciencia, romper con la normalización de conductas completamente discriminatorias, consideradas normales por ser habituales, como que se tiene que trabajar durante las bajas porque el sistema así lo exige, o que la vocación implica renuncias personales importantes, como formar una familia. Evidenciar la necesidad de reclamar un sistema que favorezca y facilite la conciliación y corresponsabilidad del cuidado. Esa será la gran victoria. Ahora se habla de esto. Y si nosotras lo demandamos, los cambios acabarán llegando.

Un mensaje de esperanza

He escrito esta historia, porque considero que la experiencia de María que es  también mía, podría servir para enviar un mensaje de ánimo, esperanza, e inspirador.

Os animo a todas y todos los  que leáis esta entrada en el blog de AMSP, a no tolerar conductas que impidan que las mujeres ejerzamos libremente nuestras profesiones, y no nos dejen avanzar y progresar. A denunciar estas conductas públicamente, sin temor a ser juzgadas ni a posibles represalias, y a avanzar hacia una sociedad más igualitaria.

Y por último, y ya para concluir, me gustaría hacerlo con un extracto de un artículo de Rosalía de Castro. Mujer, referente, transgresora: “En el fondo, no obstante, mi corazón es bueno, pero no acato los mandatos de mis iguales y creo que su hechura es igual a mi hechura, y que su carne es igual a mi carne. Yo soy libre. Nada puede contener la marcha de mis pensamientos, y ellos son la ley que rige mi destino”.

Patricia Iglesias Rey

 

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ESCRITO POR Mujeres en el Sector Público

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1 Comentario en Celebramos el Día de la Mujer y la Niña en la Ciencia inpirándonos en el caso de María de la Fuente Freire

  1. Marta V. Sanjurjo
    11 de febrero de 2021 a las 19:47

    Enhorabuena a María y a la defensa judicial del pleito. ¿Podríais publicar la sentencia? Me gustaría ver cómo ha razonado el Juzgado sobre la discriminación indirecta y, sobre todo, como ha entendido probado el especial perjuicio a las mujeres de la medida aparentemente neutra. Supongo que habrá sido necesario que la defensa ofreciese datos oficiales, más allá de que sea un hecho notorio…

    Sí me gustaría hacerte un pregunta, ¿entiendes que la participación de mujeres en los órganos decisorios y de evaluación supone una garantía de que exista perspectiva de género en sus decisiones? Me parece un tema interesante a debatir.

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